El derecho

Tomando en cuenta que hay sucesos en todos los ámbitos de la vida cotidiana con consecuencias de derecho, es importante identificar qué es el derecho.

El origen del derecho se remonta a la época en que los hombres empezaron a vivir en sociedad, es decir, al momento en que el hombre dejó de ser nómada y se agrupó con sus semejantes para conseguir fines en común de una manera más sencilla y eficaz. Desde entonces se fueron creando reglas que garantizaran una convivencia ordenada, pacífica y con mejores resultados para sus integrantes. Cuando esas agrupaciones se convirtieron en sociedades, las normas empezaron a registrarse, se castigaba a quienes las infringieran y se establecieron las jerarquías de quienes las hacían valer.

¿Qué es una Sociedad?

Cárdenas Gracia define la sociedad como:

…un conjunto organizado de individuos que viven establemente diversos tipos de relación en un tiempo y espacio determinados, en donde el derecho es un aspecto de la sociedad, uno muy importante aunque no equivale a la totalidad de la sociedad, pues existe otro tipo de relaciones (económicas, sociales, políticas, culturales, etc.) y de normas diferentes a las jurídicas (religiosas, morales, de trato social y costumbres, entre otras) (2009, p. 23).

Estas relaciones sociales son interacciones recíprocas entre los individuos, que llevan en sí mismas un significado proyectado hacia el agente a quien se dirigen, y tienen una expectativa socialmente construida de la reacción que provocarán.

Antecedentes del derecho

Revisemos los siguientes materiales, los cuales nos exponen las características y el desarrollo del principal referente histórico del sistema jurídico mexicano, el derecho romano.

Es necesario leer estos materiales para poder realizar la siguiente actividad. Es recomendable seguir el orden enlistado para la revisión de los materiales dado que estos van de lo simple a lo complejo.

  • Ministerio de Educación (2008). El derecho romano.

Recuperado de

http://recursos.cnice.mec.es/latingriego/Palladium/cclasica/esc335ca9.php

  • Scannapieco, A. (s. f.). El derecho romano.

Recuperado de

http://moodle2.unid.edu.mx/dts_cursos_mdl/lic/DE/DR/AM/01/derecho_romano.pdf

  • Auguskahl (2010). Derecho Romano (resumen).

Recuperado de

http://auguskahl.blogspot.mx/2010/06/derecho-romano-resumen.html

Actividad 2. Antecedentes del derecho

Después de haber revisado los materiales de Antecedentes del derecho, haremos un ejercicio para reflexionar sobre la importancia y vigencia del derecho romano.

Realiza la actividad en la siguiente sección y posteriormente continúa con la revisión de este apartado. En su origen la palabra derecho proviene del vocablo latino directum, que significa “no apartarse del buen camino, seguir el sendero señalado por la ley, lo que se dirige o es bien dirigido” (Flores y Carvajal, citado en PJEG, 1986, p. 50).

En realidad, la definición del derecho es muy difícil de precisar, debido a que no existe una que logre abarcar todo lo que encierra el derecho en la actualidad, aunque podemos establecer que, en general, el derecho es un sistema de normas jurídicas, principios e instituciones que regulan la conducta del individuo en sociedad.

Al respecto, Eduardo García Máynez define derecho como

…un orden concreto, instituido por el hombre para la realización de valores colectivos, cuyas normas –integrantes de un sistema que regula la conducta de manera bilateral, externa y coercible– son normalmente cumplidas por los particulares y, en caso de inobservancia, aplicadas o impuestas por los órganos del poder público (1986, p. 133).

Antes de examinar la definición anterior, vale la pena esbozar algunos conceptos:

Normas jurídicas

Reglas dictadas por la autoridad para regular la conducta humana.

Principios e instituciones

La base axiológica o los valores en los cuales se fundamentan las normas.

Por ahora es suficiente conceptualizar de esta forma los términos anteriores; los abordaremos con mayor profundidad en los siguientes apartados.

Estado de derecho

A continuación examinaremos la definición de derecho y se hará referencia al concepto Estado de derecho. Para obtener una primera aproximación, es conveniente que revisemos los siguientes recursos:

  • Estado de derecho (2015). Definición de.

Recuperado de

http://definicion.de/estado-de-derecho/

  • Sarmiento Sosa, Carlos J. (2014). ¿Qué es el estado de derecho? El Universal.

Recuperado de

http://www.eluniversal.com/opinion/140703/que-es-el-estado-de-derecho

El primer elemento de nuestra definición de derecho se dirige hacia la existencia de las normas jurídicas, ya que el derecho es un sistema de reglas, cuyas características formales y fuentes serán analizadas posteriormente; sin embargo, debemos tener en cuenta que las normas jurídicas provienen y van dirigidas hacia un proceso o fenómeno social, en virtud de que ninguna sociedad puede vivir sin reglas, ya que estaríamos hablando de un estado caótico y anárquico, lo contrario a un Estado de derecho.

También debemos tomar en consideración que para que las reglas sean eficaces y puedan originar la convivencia ordenada y pacífica en una sociedad, deben tener impregnados principios deontológicos que guíen a las personas hacia el buen actuar y hacia el deber ser en su comportamiento frente a sus semejantes y a respetarlos, así como a sus derechos, bienes y posesiones.

  • El derecho es un sistema de reglas.
  • Regula procesos o fenómenos sociales.
  • Las normas deben contener valores que procuren el bien común.

Veamos un par de ejemplos para facilitar nuestra comprensión del concepto de Derecho.

Sistema de reglas

En virtud de que el derecho mexicano se integra por la Constitución Federal, los tratados internacionales, todas aquellas leyes emanadas de la misma, así como por la Jurisprudencia emanada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los Tribunales Colegiados de Circuito, y por los reglamentos y demás ordenamientos normativos de carácter jurídico, podríamos ejemplificar el sistema de reglas respecto de la regulación de las relaciones obrero patronales en nuestro país. Al respecto, el artículo 123 de la Constitución requiere de su reglamentación para poder aplicarlo; así, el derecho laboral mexicano, con base en dicho precepto constitucional, se integra con las normas contenidas en los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (ratificados por México), la Ley Federal del Trabajo y sus reglamentos, la Jurisprudencia en materia laboral decretada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Plenos de los Tribunales Colegiados de Circuito y por dichos Tribunales, entre otras instituciones del derecho del trabajo.

Regulación de procesos o fenómenos sociales y procuración del bien común

Un ejemplo simplificado de lo anterior, aplicado a nuestra vida cotidiana, se observa en la jornada laboral que, según lo dispuesto por el artículo 123, inciso A fracciones I y IV de la Constitución Federal, no puede ser mayor a ocho horas diarias. Es decir que por cada seis días de trabajo, el operario tendrá derecho a descansar un día, por lo que la jornada laboral máxima semanal es de 48 horas.

Cuando se laboren más horas, según lo establecido en la fracción XI de dicho dispositivo constitucional, éstas constituyen jornada extraordinaria y, por ello, se tendrá que pagar al trabajador el 100% extra por las horas que excedan el horario legal antes fijado. Esta disposición se encuentra regulada por los artículos 59 a 68 de la Ley Federal del Trabajo y procesalmente aclarada por varias Tesis Jurisprudenciales, como la número 181957, emitida por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en el tomo XIX, de marzo de 2004, página 1379, perteneciente a la Novena Época, cuyo título es: HORAS EXTRAORDINARIAS. SU PAGO DEBE CALCULARSE CON EL SALARIO BASE U ORDINARIO QUE EL TRABAJADOR RECIBIÓ COMO CONTRAPRESTACIÓN A SU TRABAJO.

Qué es el derecho

Después de nuestro primer acercamiento a la conceptualización del derecho, revisemos los siguientes videos que nos ayudarán a fortalecer el entendimiento respecto a este término:

• Canal de arturoramo (2010, 17 de mayo). ¿Qué es el derecho? [archivo de video].

Recuperado de

https://www.youtube.com/watch?v=MQFAZXQz9Ac

  • Donna Alcala. (2015, 26 abril). ¿Qué es el derecho? | DONNA ALCALA - Abogados de Barcelona [archivo de video].

Recuperado de

https://www.youtube.com/watch?v=60bwb6OGbBU

  • Educatina. (2013, 29 julio). Concepto de derecho - Derecho - Educatina [archivo de video].

Recuperado de

https://www.youtube.com/watch?v=7OqthXWsTsE

Dado que ya hemos realizado la segunda actividad de esta sesión, ahora realicemos la actividad 3 y la Actividad integradora antes de concluir con este módulo. y, desde luego, el jurídico.