Elementos de los actos jurídicos
Los actos jurídicos tienen dos elementos indispensables para contar con validez, estos requisitos son el fondo y la forma. Es importante conocerlos, ya que de no contener dichos elementos los actos podrían ser declarados nulos, lo cual incide al momento de asesorar jurídicamente a una persona, ya que debemos contar con los conocimientos necesarios para que los actos jurídicos que celebren nuestros clientes sean validados bajo cualquier circunstancia. De nada serviría nuestra asesoría, por ejemplo, en la celebración de un contrato o un convenio, si posteriormente se declarará su nulidad.
El fondo se refiere a la finalidad del acto –sin el que no existiría– y sus elementos esenciales, es la substancia elemental del acto jurídico. Si faltase este elemento, no se podría llevar a cabo y no tendría consecuencias de derecho.
Por otra parte, la forma se encuentra constituida por ciertos protocolos que la ley establece para la celebración de los actos jurídicos. El ejemplo más representativo en este sentido es el matrimonio que debe celebrarse ante el juez u oficial del Registro Civil.
Los elementos de fondo y forma para la existencia del acto jurídico son “… la voluntad, el objeto posible física y jurídicamente y en ciertos casos la solemnidad” (Galindo, 2007, pp. 223-224).
Voluntad
La voluntad se refiere a realizar el acto con libertad y bajo ninguna presión que obligue al sujeto a realizar o celebrar el acto jurídico, es la autonomía y la convicción personal con los que se lleva a cabo el acto y la declaración de dicha voluntad. Un ejemplo clásico de ello es el matrimonio: acto que se debe llevar a cabo por la libre voluntad de los contrayentes, ya que de acreditar que se celebró mediante amenaza, dicho vínculo conyugal sería declarado como nulo, pues uno de los requisitos para que existencia es la voluntad de los contrayentes.
Objeto posible física y jurídicamente
Con respecto al objeto, debemos agregar que la finalidad del acto jurídico, que debe consignarse en él, debe ser posible física y jurídicamente, por tal motivo y refiriéndonos al aspecto físico, no se podría celebrar un contrato de compra-venta de un terreno ubicado en el planeta mercurio, ya que se trata de un lugar al cual el comprador es imposible que tenga acceso; asimismo, con respecto a la factibilidad jurídica, no se puede llevar a cabo un contrato de compra-venta del palacio nacional, ya que es un bien propiedad del Estado y, por tanto, no se encuentra a la venta.
Solemnidad
La solemnidad es la manera estipulada en la ley de realizar los actos jurídicos, que muchas veces exige formalidades para concretarlos. Sin ellas los actos no podrían surtir correctamente sus efectos jurídicos. Tal es el caso del matrimonio, ya que es un acto jurídico que debe celebrarse ante un juez u oficial del Registro Civil que constate dicha unión, ya que de lo contrario no surtirá ningún efecto jurídico.
Un ejemplo completo de los requisitos de fondo y de forma con que debe contar un acto jurídico es el siguiente:
Un contrato colectivo de trabajo es aquel que se celebra entre un patrón y un sindicato en su carácter de defensor de los intereses de sus agremiados, con la finalidad de establecer las condiciones de trabajo en las que se van a desarrollar los trabajadores en una empresa determinada y exigiendo la Ley Federal del Trabajo que se presente ante la Junta de Conciliación y Arbitraje competente en forma escrita y acreditando la personalidad de los contratantes.
De lo anterior se desprende que el fondo del acto es que se trata de un contrato en el que se van a establecer las condiciones de trabajo para los agremiados de un sindicato en determinada empresa, por lo que lo esencial de ello es precisamente que exista una empresa y un sindicato y que los trabajadores de dicha compañía se encuentren afiliados al sindicato aludido. Si no existe el patrón, los trabajadores, el sindicato ni la relación laboral entre los primeros dos, no puede existir el contrato colectivo de trabajo, ya que no habría condiciones de trabajo que normar, por lo que un requisito de fondo son los sujetos que intervienen en el contrato así como la relación laboral de los empleados sindicalizados con el patrón.
Otro requisito de fondo es que este contrato se refiera a determinar las condiciones de trabajo entre dichos empleados y la empresa, ya que si se refiriera a otra materia, perdería su esencia y no se trataría de un contrato colectivo de trabajo, sino de otra cosa.
Asimismo, los requisitos de forma son los que solicita la ley, por lo que si dicho contrato no se presenta por escrito o se presenta sin acreditar debidamente la personalidad de los que en él intervienen, la Junta de Conciliación y Arbitraje estaría en posibilidades de no sancionarlo (validarlo o autorizarlo) o tenerlo por no presentado en caso de que sea verbal, por ejemplo.
Hechos y actos jurídicos
Los actos y los hechos jurídicos tienen consecuencias que establecen las normas jurídicas, por lo que su comprensión en nuestra disciplina es necesaria. Para comprender debidamente el tema y reforzarlo, consultemos el siguiente material:
- Colegio de Abogados de San Martín (2015). Decimotercera clase: hechos y actos jurídicos [archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=IllFECnSUyc
Antes de cerrar esta sesión realicemos las siguientes actividades para reafirmas lo aprendido en esta sesión y el módulo en general.